Derecho Penitenciario, una ley que no sale del papel
Carmen Aída Guerra Miguel
En las cárceles municipales –algunas de ellas ni siquiera lo son y todas están saturadas– se detuvo el tiempo de las mazmorras coloniales, como en el caso de la prisión de la Angostura, que se encuentra en la cabecera municipal del mismo nombre, en donde a los detenidos o presos nunca les da el sol; sólo les faltarían los grilletes que describen tantas obras literarias, como el Conde de Montecristo o Los Miserables
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Cárceles estatales que otrora se llamaron Institutos de Readaptación Social y hoy se les conoce oficialmente como Centros de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito –al nombre le quitaron la palabra “readaptación”, concepto que en realidad nunca se cumplió– en donde los presos federales, la mayoría “chivos expiatorios”, están en espera de una alma piadosa que acuda a la ley para que se les otorguen los derechos que les corresponden.
Un ejemplo claro al que siempre se habrá que recurrir, porque está en la historia del penal de Aguaruto (Cedjude) de Culiacán, la cual ocurrió hace unas tres décadas cuando llevaron “confesos” a 154 hombres de la sierra tarahumara, quienes solamente hablaban su lengua, pero para nada leían el español aunque ahí en las actas levantadas estaban impresas sus huellas digitales y dos o tres firmas de algunos de ellos quienes sabían leer y escribir su lengua. En las actas constaban las “evidencias” tomadas mediante la tortura.
Había que justificar el fracaso de la campaña contra el narcotráfico, y allí estaban en el penal de Aguaruto estos individuos bajados de la sierra en helicóptero, después de rastrearlos en sus casas en las inmediaciones de un sembradío de marihuana y adormidera. Quizá esa haya sido su actividad, como muchas otras historias en los que contrata gente “para el corte de la manzana”.
Se hizo la denuncia periodística de este caso de presos “confesos”, de estos “chivos expiatorios” utilizados para justificar lo injustificable, porque en algún lugar de la tierra y quizá no muy lejos, tendrían que encontrarse los verdaderos envenenadores de las nuevas generaciones, pero a ellos nadie los ve, son bienvenidos en la sociedad con sus residencias, sus vaporizantes fortunas.
Ante la denuncia, la intervención pronta y expedita. Gobernación llegó y antes de cinco días los 154, entre ellos su intérprete, ya se encontraban arriba de un camión, de regreso a su lugar de origen ¡esposados! Y de nuevo el reclamo de los periodistas: ¿qué no les otorgaron la libertad? Fuera las esposas. ¡Hasta cuándo una verdadera justicia, una justicia a secas!
Pero nada ha cambiado. En las cárceles de Sinaloa hay exceso de reos federales cuyos respectivos procesos inclusive no han sido iniciados. Esa herencia no habla bien de las autoridades responsables de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) ni de las que en los estados tienen la obligación de promover la justicia.
La SSP sigue mandando gente a los estados supuestamente para hacer los estudios que ya han sido hechos por autoridades de Sinaloa. Vienen, sí, pero vuelven sin hacer nada, con los bolsillos llenos de dinero de las pobres personas que creen en ellos.
Cuando esto dependía de la Secretaría de Gobernación las cartas de los presos obtenían respuesta, hoy se quedan en el aire. A nadie le importa su suerte. Lo más grave de todo esto es que las autoridades civiles, federales, eclesiásticas, organismos sociales, los mantienen en el olvido.
Hacinamiento y no aplicación de las garantías individuales, aparte de otros problemas existenciales, de salud, de introducción y venta indiscriminada de todo tipo de enervantes.
¿Fallan las leyes?
El Derecho Penitenciario está muy abandonado en el país a pesar de que está codificado; apenas se han logrado hacer algunas leyes de ejecución en cada entidad federativa y eso ha sido un gran paso, ya que hasta 1970 en México había únicamente reglamentos de carácter administrativo, cuando, desde luego, no lo son: el Derecho Penitenciario es la conclusión del Derecho Penal, afirma la maestra Emma Mendoza Bremauntz, catedrática e investigadora de la Universidad Nacional Autónoma de México, quien ha hecho estudios serios sobre el particular, e inclusive asiste como invitada a todos los foros nacionales e internacionales a expresar sus puntos de vista sobre este “abandonado” Derecho Penitenciario.
Porque quien pierde su libertad no tiene por qué sufrir vejaciones, abandono, exclusión, (Kelsen) porque seguimos abonando el caldo de cultivo para incrementar la delincuencia.
“Imagínese un médico que receta y que el enfermo no se toma la medicina, no sirve de nada, eso es, si no se cumple con la advertencia y no está prevista legalmente, vigilada, como una seguridad jurídica, sino que todo se deja a discrecionalidad de las autoridades responsables de la ejecución. ¡Esto es una arbitrariedad, una barbaridad!”
Añade que en México se ha hecho poco a favor del Derecho Penitenciario, porque se tiene la idea de que la Ley es mágica, que simplemente con aprobar leyes ya se resolvió el problema, cuando lo que se tiene que hacer es “vigilar que se cumpla con la Ley”.
Aunque en el aspecto penitenciario se han creado leyes ejecutoras, todavía hay criterios de que los abogados no deben intervenir en la parte de la ejecución, porque ya cumplieron, ya llegaron hasta la sentencia y hasta ahí se debe limitar su participación, y eso es un error, los abogados están para resguardar los derechos de los presos que ya están sentenciados, además, debe crearse el juez de vigilancia de la ejecución penal dependiente del Poder Judicial, no dependiente del área ejecutiva, del área administrativa, porque eso le daría un perfil de mayor certeza y una opción para que los internos puedan acudir a alguien que les proteja sus derechos.
–¿Vendría siendo una especie de tribunal humanitario?
–No precisamente humanitario, sino del cuidado del cumplimiento de la Ley, lo que se necesita es que se cumpla y se respete, que la Ley proteja a los presos en contra de los abusos de las autoridades administrativas, de las autoridades responsables de la ejecución, porque sí se requiere, por más que ahora hay la idea de reprimir, de castigar a los delincuentes. Por delincuentes que sean son seres humanos que tienen derechos y hay que respetárselos, para lo cual hay un procedimiento para el otorgamiento de libertad anticipada, y otro en que se prevé lo que tiene que hacerse para cumplir con el primero.
–¿Qué opina acerca de la ignorancia de las autoridades acerca de las personas que tienen como internas?
“(El problema) es que la selección del personal penitenciario se hace con criterio de chamberos, no de gente que conozca. No se prepara ni siquiera a los custodios, ni al personal técnico. Ninguno tiene preparación adecuada ni en Derecho Penitenciario, ni en Criminología, necesarias para tratar a los internos.
“El artículo 18 constitucional señala que la pena de prisión es para readaptar y, por tanto, se debe dar cumplimiento a ese mandato. El problema es que se ha cambiado la política pero no se ha cambiado la Ley. Entonces, hay que cumplir con la Ley, lo que pasa es que como hay tanto miedo a la delincuencia, la gente no exige sino hasta que le toca a un pariente o a una gente cercana, entonces se da cuenta de lo que está pasando en las cárceles. Es cuando se ponen exigentes. Pero por lo general la gente no exige que se cumpla con la legislación penitenciaria porque dicen que ya están en la cárcel, ya no dan lata, hay que ignorarlos y eso es una grave equivocación”.
–¿Es positivo el aumento de los años en las penas corporales?
“Claro que no. Eso no resuelve nada. Lo que se necesita es eficacia de la Ley, de la sentencia. No se necesita mucho si el delincuente sabe que de todos modos, haga lo que haga, sean cinco años o sean 10 o 20, ya no se necesita de más años, se readaptaron y se desadaptaron otra vez, ya se les olvidó como eran afuera, si eran buenos o eran malos, para ellos no tiene ningún sentido. Está comprobado que las penas muy altas no sirven de nada, no detienen la delincuencia y no readaptan a los internos, entonces qué caso tiene. Eso es inhumano.
–Los 170 años de prisión que le dieron a la “mataviejitas”…
“Eso es una vacilada como para dar a la población atole con el dedo, ni siquiera una pena de 50 o de 60 años pueden cumplir los internos en las condiciones en que viven como presos, ni aquí ni en ninguna parte del mundo. Es mucho más eficaz una pena de 10 años que sabe que si se va a aplicar que una de 100 que sabemos que nadie la va a cumplir.
–Su opinión respecto a las cárceles abiertas que puso en práctica el jurista Trueba Urbina…
“Me parece que sería magnífico porque todos los que por primera vez delinquen o que son jóvenes, no deben de estar en la cárcel, eso es muy válido. Además, lo que requiere es que se haga la difusión para que la población no sienta que no se está cumpliendo con la Ley, que no se está haciendo justicia, sino que sepa que se está cumpliendo de una manera diferente, con sustitutivos penales. Lo que pasa es que la gente no piensa más que en la represión y las autoridades en ganar votos.
–¿El Derecho Penitenciario requiere ser tratado en forma más amplia?
“Sí. Debe ser más reglamentado, más claro, y se debe enseñar como materia específica en las escuelas de Derecho, Trabajo Social y Psicología. Es absurdo que si saben Derecho Penal subjetivo y saben Derecho Procesal Penal, no sepan Derecho Penitenciario que es el resultado de la buena aplicación de estos dos.